martes, 24 de junio de 2008

LA CASILLA 737

Como tantos años atrás, he tenido que hacerle la Declaración de Renta a media familia mía. Incluso alguna que otra de Patrimonio (¡por fin, ya se acaba!). Pues bien, después de hacer la de mi nuera María, me comenta que ha oído a algún compañero de trabajo que no se le olvide “la casilla 737”. ¡Ojo con la casilla 737!.
María me llamó, para comentármelo y ver si, en su caso, tenía algo que ver. Y vaya que si tenía que ver. La jodía casilla 737 contempla una deducción por la adquisición de vivienda comprada antes de 20.01.2006.
En el caso de María, había pagado el pasado año 2007, la cantidad de 10.027,85 euros de préstamo hipotecario, en la casa que tiene como domicilio habitual. Esta cantidad, se anotó, a través del programa P.A.D.R.E, en el Anexo A, apartado de adquisición de la vivienda habitual. El programa, automáticamente, incluyó en esta casilla la cantidad de 9.015 euros, que es la inversión máxima deducible. Pero el mismo programa informático, que la Agencia Tributaria pone a disposición del contribuyente para facilitarle la Declaración de Renta, no tiene ningún mecanismo automático que refleje el efecto deducible al que se alude en la casilla 737. En una palabra, que si no sabes lo de la 737, dejas de incluir en tus deducciones fiscales, la cantidad que te correspondiera. En el caso de María, la deducción supone 225,41 euros.
Como la Declaración ya estaba presentada, le comenté lo de la dichosa casilla 737 a mi amigo Pedro, que es un abogado experto en esto de Hacienda. Se echó a reír y me dijo que es una de tantas omisiones que la Agencia Tributaria comete (a favor del Tesoro Público) tanto en el P.A.D.R.E, como en la confección automática de “Borradores”. Me aconsejó que María fuera a su Administración de Hacienda y reclamara la omisión. Y así lo ha hecho. Y me dice María, que la funcionaria que le atendió le indicó que recibiría, tanto la devolución como consecuencia del resultado de su Declaración, como, posteriormente, el importe de la deducción no reflejada.
Conclusión.
De una parte un insuficiente para la Administración, porque esto no es facilitar las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Esto es tocar las narices (con perdón).
Por otro lado, es necesario difundir esta incidencia, en la medida de nuestras posibilidades, para evitar el perjuicio al mayor número de personas posible.
Me gustaría haber podido informar antes, pero hasta ayer, no tuve conocimiento de esta circunstancia.

lunes, 23 de junio de 2008

Presentacion

Hasta hace unos días, mantuve activo un blog con este mismo título, + Que 55, en La Comunidad de El País Digital. En las últimas semanas leí en algunos de los blogs que suelo visitar (en esa Comunidad), que se estaban produciendo fallos técnicos y algún tipo de, digamos anomalías no deseadas. Yo nunca tuve ninguno de esos problemas en mi blog. Pero el pasado día 21, tuve la percepción de que un comentario mío (que no se publicó), sobre la noticia, “Botín dice que la crisis pasará pronto”, debió ser objeto de algún tipo de censura. El comentario aludía a la destreza del Sr. Botín en especular en la compra-venta de la Banca Antonveneta en el pasado mes de noviembre, obteniendo una plusvalía de 2.360 millones de euros en 22 días. Esta operación, la comenté ampliamente en un post titulado “Modelo a seguir” y publicado el 5 de diciembre de 2007 en dicho blog.
http://lacomunidad.elpais.com/armando-alonso/2007/12/5/modelo-seguir-
Comienzo hoy mi actividad y mi afición por compartir cosas con la gente en esta nueva ubicación, donde sé que residen antiguos amigos míos de La Comunidad. He abandonado con pena mi antigua “casa”, en la que, por otra parte, sabía caminar informáticamente hablando. Aquí debo volver a empezar y aprender, espero que con la ayuda de mucha gente, a manejarme en este nuevo blog.
Un saludo.